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Estos son los tipos de visa que pueden obtener los migrantes en Colombia

Los migrantes venezolanos pueden obtener en Colombia visa de visitante, de residente y de migrantes. | Por: GUILLERMO TORRES - SEMANA

En Colombia existen actualmente tres formas en que los migrantes venezolanos pueden regularizar su estado migratorio y estas son a través de la visa, el refugio y por el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV).

La visa es la autorización que otorga el Ministerio de Relaciones Exteriores para que los migrantes venezolanos y demás extranjeros ingresen y permanezcan en el territorio colombiano. Además, según la página web de la cancillería hay tres tipos de visa a los que pueden acceder las personas solicitantes.

Visa de visitante (tipo V): Prevista para el extranjero que quiera visitar Colombia una o varias veces o permanecer temporalmente en el país sin establecerse de manera permanente.

Esta visa le permite al titular realizar, entre otras actividades, tránsito aeroportuario, turismo, gestiones de negocios, intercambio académico y estudios en arte u oficios y postgrados, tratamiento médico, trámites administrativos y judiciales, tripulante de embarcación o en plataforma costera.

Además, participación en eventos, pasantía o prácticas, voluntariado, producción audiovisual y digital, cubrimiento periodístico, prestador de servicios temporales, traslado de personal intracorporativo en el marco de instrumentos internacionales vigentes, oficial o representante comercial de gobierno extranjero, programa vacaciones-trabajo y cortesía.

Visa de Residente (tipo R): Para quienes aspiren establecerse o fijar su domicilio permanente en Colombia por: haber renunciado a la nacionalidad colombiana; ser padre de nacional colombiano por nacimiento; tiempo acumulado de permanencia; inversión extranjera directa.

Se destaca que esta visa fue actualizada bajo la Resolución No 5477, con fecha del 22 de julio de 2022, para definir las directrices de solicitud de visas a ciudadanos extranjeros.

Visa de Migrante (tipo M): Para el extranjero que desee ingresar o permanecer en el territorio nacional con la intención de establecerse, y no cumple con las condiciones para solicitar visa tipo “R”.

A esta visa podrán aplicar las personas que se encuentren en la siguiente condición: Cónyuge o compañero permanente de nacional colombiano; padre o hijo de nacional colombiano por adopción; migrante bajo el Acuerdo Mercosur; refugiado; trabajo; empresario; ejercer profesión o actividad independiente; religioso; estudiantes de primaria, secundaria, media y pregrado; inversor inmobiliario; jubilado o rentista.

Es importante señalar que para que un migrantes pueda obtener algún tipo de visa, este tuvo que haber ingresado al país legalmente y haber sellado el pasaporte, también, en caso de los nacidos en Venezuela, no se quiere que este último documento esté vigente.

Por: Carlos Cañas @carlosarboleda6