¿Qué es el Estatuto Temporal de Protección para migrantes venezolanos y cómo funciona?

Jornada de entregas masivas de Permisos de Protección Temporal a migrantes venezolanos. (Colprensa - Álvaro Tavera)
Jornada de entregas masivas de Permisos de Protección Temporal a migrantes venezolanos. (Colprensa - Álvaro Tavera)

Este régimen especial busca llevar un registro de los venezolanos en Colombia y facilitar su regularización, para que puedan acceder a sus derechos.

Por Redacción MigraVenezuela

De acuerdo con el Decreto 216 de 2021, el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos es un mecanismo jurídico de protección temporal que permite llevar un registro de información de la población migrante y otorgarle unos beneficios temporales de regularización a las personas que cumplan con determinados requisitos. 

A quiénes se aplica: 

El artículo 4 del decreto establece quiénes pueden ser los beneficiarios del Estatuto: 

– Quienes se encuentren en Colombia de manera regular como titulares de un Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP), Permiso Temporal de Permanencia (PTP) o un Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente.  

– Quienes estén en Colombia de manera regular como titulares de un Salvoconducto SC-2, en el marco del trámite de la solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado. 

– Quienes estuvieran en Colombia de manera irregular a 31 de enero de 2021. 

– Quienes hubieran ingresado al territorio colombiano de manera regular, a través de un Puesto de Control Migratorio durante los dos primeros años de vigencia del Estatuto (hasta el 28 de mayo de 2023). 

El Estatuto Temporal de Protección comprende dos elementos, el Registro Único de Migrantes Venezolanos (RUMV), que permite recaudar información sobre la situación de los migrantes venezolanos en Colombia, y el Permiso por Protección Temporal (PPT), que les permite a los migrantes venezolanos que cumplan los requisitos permanecer en el territorio nacional de manera regular y ejercer una ocupación de manera legal en el país. 

Para ser incluido en el Registro Único de Migrantes solo se requiere cumplir las condiciones para ser cobijado por el Estatuto Temporal de Protección, encontrarse en el país, presentar documento de identificación, que puede ser el pasaporte vigente o vencido, la Cédula de Identidad venezolana, el acta de nacimiento o el Permiso Especial de Permanencia, presentar una declaración expresa sobre la intención de permanecer temporalmente en Colombia y autorizar la recolección de datos biográficos, demográficos y biométricos. 

Para obtener el Permiso por Protección Temporal se requiere: 

– Estar incluido en el Registro Único de Migrantes Venezolanos 

– No tener antecedentes penales, anotaciones o procesos administrativos sancionatorios o judiciales en curso en Colombia o en el exterior. 

– No tener en curso investigaciones administrativas migratorias 

– No tener en contra medida de expulsión, deportación o sanción económica vigente. 

– No haber sido condenado por delitos dolosos. 

– No haber sido reconocido como refugiado o haber obtenido asilo en otro país 

– No tener solicitud vigente de protección internacional en otro país, salvo que le hubiese sido negada. 

Qué beneficios otorga estar cobijado por el estatuto. 

– Posibilidad de trabajar de manera regular en Colombia 

– Acceso a los servicios de salud, incluida la afiliación a una EPS. 

– Posibilidad de abrir una cuenta bancaria. 

– Libre circulación por el territorio nacional, con la posibilidad de entrar y salir del país, siempre y cuando no se permanezca más de 180 días en el extranjero. 

– Posibilidad de convalidar los títulos profesionales a través del Ministerio de Educación. 

También puede consultar: 

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