Una nueva resolución del Ministerio de Salud, que aún está en borrador, ordena a los departamentos y distritos censar a las extranjeros sin documentos expedidos en Colombia para que puedan acceder a las vacunas contra la covid-19.
El Ministerio de Salud tiene listo el borrador de una nueva resolución en la que especifica que la población migrante y refugiada venezolana en condición irregular entrará al Plan Nacional de Vacunación contra la covid- 19.
“De acuerdo con el Decreto 109 de 2021 modificado por el Decreto 744 de 2021, todos los departamentos y distritos del territorio nacional deben realizar un censo de las personas que habitan en sus territorios y no cuenten con un documento de identidad expedido por el Estado colombiano para identificarse, con el fin de que puedan acceder a la vacunación contra la covid-19″, refiere el texto de la resolución.
El Ministerio de Salud y Protección Social solicitará a las entidades públicas o privadas la entrega de la información correspondiente, siguiendo los grupos poblacionales priorizados.
Según la resolución, la población objeto para el reporte de la información son los extranjeros que no tiene ningún tipo de documento expedido por el Gobierno colombiano. Asimismo aquellos migrantes que cuenten con pasaporte o documento extranjero expedido por el país de origen, carnet diplomático expedido por Cancillería, Salvoconducto o Permiso Especial de Permanencia (PEP), expedido por Migración Colombia.
La cartera de salud exhorta a las entidades territoriales del orden departamental a garantizar que todos los municipios de su jurisdicción realicen el envío de la información.
“Las entidades territoriales del orden distrital y municipal, responsables de reportar la información de las personas que no cuentan con un documento de identidad expedido por el Estado colombiano, deben hacer un primer cargue antes del 30 agosto de 2021 y posteriormente, podrán actualizar la información reportada, durante los diez (10) primeros días hábiles de cada mes, hasta finalizar la vacunación contra la covid -19 en todo el país”, precisa el documento.
El reporte de información deberá realizarse a través de la Plataforma de Intercambio de Información PISIS del Sistema Integrado de Información de la Protección Social (SISPRO).
“Las personas que habitan en el país y que no cuentan con un documento de identidad expedido por el Estado colombiano para identificarse para acceder a la vacunación contra la covid-19, deberán acogerse a lo establecido en el Plan Nacional de Vacunación, ateniendo la priorización, fases y etapas definidas para la población general colombiana”, enfatiza la resolución.
Hace un par de días, sin embargo, el presidente Iván Duque había dicho que se vacunaría solamente a los migrantes que estuvieran registrados en el Estatuto Temporal de Protección para migrantes venezolanos (ETPV).
Por: Proyecto Migración Venezuela @MigraVenezuela