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¿Qué debo hacer si soy un colombiano retornado? 

Luis Ybarguen regresó a Colombia hace 4 años y vive actualmente en Cali. (Colprensa - Estebán Herrera)

Los colombianos retornados deben inscribirse en el Registro Único de Retorno.

Por Redacción MigraVenezuela

El primer paso para acogerse a los beneficios de la Ley Retorno es inscribirse en el Registro Único de Retorno (RUR). Para ello, los interesados deben proporcionar los datos requeridos y cargar los documentos solicitados. Este proceso se puede llevar a cabo a través del enlace proporcionado [REGÍSTRESE AQUÍ]. 

El proceso de retorno a Colombia para los ciudadanos que han vivido en el exterior se ha simplificado y fortalecido a través de la Ley 1565 de 2012, también conocida como la Ley Retorno. Esta legislación tiene como objetivo brindar un apoyo integral a los colombianos que desean regresar voluntariamente al país, ofreciendo incentivos en ámbitos aduaneros, tributarios y financieros relacionados con su retorno. 

Obtención del Certificado como colombiano retornado 

Si el colombiano postulado cumple con todos los requisitos, la Comisión Intersectorial le otorgará un certificado que lo reconoce como beneficiario de la Ley. Este certificado será enviado al correo electrónico registrado en el RUR. 

Requisitos para ser beneficiario de la Ley Retorno

Para ser beneficiario de la Ley Retorno, es necesario cumplir con los siguientes requisitos: 

  1. Ser mayor de edad. 
  1. Acreditar una permanencia en el exterior de al menos tres (3) años. 
  1. No tener condenas vigentes en Colombia o en el extranjero, y no haber sido condenado por delitos contra la administración pública. 
  1. No haber residido en el territorio nacional por más de doce (12) meses después del retorno. 
  1. Manifestar ante la autoridad competente el interés de regresar al país acogiéndose a la Ley 1565 de 2012.