¿Qué derechos tienen los migrantes venezolanos afiliados al sistema de salud?

En la frontera de Norte de Santander con Venezuela hay un centro integral de salud para atender a venezolanos y a colombianos. | Por: MILAGROS PALOMARES - SEMANA

La Agencia de la ONU para los Refugiados (Acnur) puso a disposición en internet un documento en el que despeja las dudas frecuentes sobre la atención en salud para refugiados y migrantes venezolanos en Colombia. 

La población refugiada y migrante proveniente de Venezuela puede afiliarse a una EPS, bien sea a través del régimen contributivo o subsidiado, siempre y cuando tenga estatus migratorio regular.

La Agencia de la ONU para los Refugiados (Acnur) explica en su página web que si la persona venezolana no cuenta con un documento de identificación válido en Colombia, como Permiso por Protección Temporal (PPT), Permiso Especial de Permanencia (PEP), Salvoconducto, Cédula de Extranjería o Pasaporte para menores de 7 años, algunas organizaciones ofrecen servicios básicos de salud que puedes consultar descargando las aplicaciones: App Migración y Salud o GIFMM Contigo.

En este sentido, indican que toda persona afiliada al sistema de salud, ya sea al régimen subsidiado o contributivo, tiene derecho a:

– Recibir servicios de urgencias vitales o que pongan en riesgo la vida en cualquier hospital público o privado del país.

– Escoger la EPS a la que se quiere afiliar.

– Cambiarse de EPS una vez cumplido el año de afiliación.

– Acceder a los servicios de salud que están contemplados en el Plan Obligatorio de Salud (POS), para la prevención y el tratamiento de enfermedades, y rehabilitación integral en caso de discapacidad.

– Conocer la red de instituciones de salud (IPS) a través de la cual recibirá los servicios de salud.

– A que le sea asignada una IPS que se ubique cerca a su lugar de residencia o trabajo para que pueda recibir los servicios de atención primaria en salud.

– En caso de que la persona cambie de municipio de residencia también tiene derecho a que la IPS asignada previamente sea actualizada a una en su nuevo lugar de residencia, siempre y cuando su EPS tenga cobertura en dicho territorio.

– Recibir atención médica eficiente, de calidad y oportuna.

– A recibir los servicios de promoción y prevención de la salud acorde a la etapa de la vida en la que se encuentre, sin pagar ninguna cuota moderadora o copago. Por ejemplo: vacunación, control de crecimiento y desarrollo, vitaminas o micronutrientes para niños/as, control prenatal, consulta de valoración por odontología, anticoncepción o planificación familiar, entre otros.

Estos son los servicios de salud sexual y reproductiva que tienen  derecho las personas venezolanas si están afiliadas al sistema de salud:

– Anticoncepción o planificación familiar con métodos como pastillas, inyección, dispositivo intrauterino, implante subdérmico, ligadura de trompas y vasectomía. Incluye también los métodos específicos para anticoncepción de emergencia, posterior al parto y para mujeres en periodo de lactancia.

– Educación para la prevención, diagnóstico y tratamiento de infecciones de transmisión sexual como el VIH, Hepatitis B, Sífilis entre otras.

– Atención preconcepcional con consultas médicas y exámenes de laboratorio necesarios para establecer el mejor momento para el embarazo.

– Atención prenatal que incluye consulta médica, enfermería, nutrición, odontología, exámenes de laboratorio, ecografías, entrega de micronutrientes o vitaminas, y otros medicamentos que se requieran.

– Interrupción voluntaria del embarazo hasta las 24 semanas de gestación y después de las 24 semanas solo en caso de violencia sexual, malformaciones del bebe incompatibles con la vida o cuando peligra la vida o salud de la madre.

– Exámenes de detección temprana del cáncer de seno con mamografía cada 2 años para mujeres mayores de 50 a 69 años. Exámenes de detección del cáncer de cuello uterino con citología para personas entre 25 y 29 años. Prueba de virus del papiloma humano para personas entre 30 y 65 años.

– Detección y atención inmediata de casos de violencia intrafamiliar, violencia o abuso sexual.

– Para el acceso a todos estos servicios no se requiere pagar ninguna cuota moderadora o copago, excepto el tratamiento de las infecciones de transmisión sexual.

Por: Milagros Palomares @milapalomares