Este documento busca aclarar los conceptos relacionados con la trata y el tráfico de personas teniendo en cuenta el riesgo que tienen los migrantes que vienen desde Venezuela.
La migración venezolana ha impulsado a Colombia como un país de origen, tránsito y destino de la trata y tráfico de migrantes. A mayo de 2019, Migración Colombia registró 346.944 personas que ingresaron por pasos no autorizados hacia Colombia. Aunque estas personas pudieron haber ingresado por sus propios medios, es probable que lo hayan hecho también a través de redes clandestinas que facilitaron su traslado. Estos pasos por trochas pudieron aumentar también el riesgo de los migrantes de ser explotados por redes criminales en diferentes actividades.
Lo anterior, puede generar alguna confusión sobre el significado de cada término y hacer que se usen como sinónimo a pesar de ser diferentes. Distinguir ambos es importante porque permite tipificar el delito y definir la pena acorde a la acción antijurídica realizada. También, permite a las autoridades activar los canales o acciones gubernamentales necesarios que protegen a las víctimas y que requieren de una atención especializada. En este sentido, este documento tiene como propósito aclarar los conceptos sobre tráfico ilícito de personas o migrantes y trata de personas o migrantes.
Según UNODC el tráfico de personas o tráfico de migrantes es el término utilizado para designar a los individuos en situación migratoria irregular que contactan, de forma voluntaria, con un traficante de personas con el objetivo de cruzar una frontera de un país diferente al suyo. El tráfico de personas se caracteriza por:
– El traslado se da a cambio de una suma de dinero que por lo general es muy elevada.
– El traslado suele ofrecerse de forma clandestina, a través de personas conocidas o de canales de comunicación no formales en el país de origen
– La finalidad del tráfico no implica una situación de explotación o rédito monetario posterior, en el lugar de destino.
– La operación se materializa al llevar a los migrantes por rutas previamente establecidas por los traficantes hasta el punto de llegada acordado.
Lo anterior implica la violación de las normas migratorias del país de destino porque el traslado se dio de forma irregular y no a través de los medios estipulados por el Estado receptor.
La trata de personas o migrantes es entendida como la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, apelando a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación.
La finalidad de la trata de personas o migrantes determina la modalidad de esta. A continuación, se caracteriza cada una de las modalidades:
– Trata con fines de explotación sexual: La víctima es forzada a ejercer la prostitución, el turismo sexual, la pornografía infantil o la pornografía obligada, entre otras formas de explotación.
– Trata con fines de explotación de mendicidad ajena: La persona es obligada a pedir limosna y luego le es arrebatado el dinero.
– Trata con fines de trabajo o servicios forzados: Se obliga a la víctima a realizar un trabajo o servicio en el que tiene que trabajar durante largas jornadas sin recibir un trato adecuado y sin claridad sobre su salario, contrato y horario.
– Matrimonio servil: Cuando se establece una relación de pareja entre la víctima y otra persona, y la víctima se ve privada de sus derechos y libertades. La pareja esclaviza a la víctima y la somete a tratos denigrantes. Un ejemplo de esto, son las mujeres que conocen a un hombre extranjero, quien les ofrece matrimonio y luego son explotadas doméstica o sexualmente.
Por: Observatorio Proyecto Migración Venezuela @MigraVenezuela